La Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por el
sostenido número de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos y
líderes sociales registrados durante el primer semestre año en Colombia y
reitera su llamado al Estado para reforzar todas las medidas necesarias para
garantizar la vida, integridad y seguridad de quienes defienden derechos
humanos en el país, así como conducir investigaciones diligentes considerando
como móvil de estos hechos la actividad de defensa de las víctimas.
Durante los primeros
seis meses del año, la CIDH continuó recibiendo información preocupante sobre
un elevado número asesinatos de personas defensoras de derechos humanos y
líderes sociales en Colombia. De acuerdo con la OACNUDH en Colombia entre el 1
de enero y el 30 de junio de 2020 se registraron 45 asesinatos de personas que
ejercían actividades de defensa de derechos humanos en el territorio y 36 casos
más estarían en proceso de verificación. Por su parte, el Estado registró el
asesinato de 37 personas defensoras durante el primer semestre del presente
año. La Comisión nota que la cifra de asesinatos registrados por organizaciones
de la sociedad civil en Colombia podría ser mayores.
Durante el mes de
marzo, la CIDH a través de su Comunicado 62/2020 ya
había expresado su preocupación ante el alarmante número de asesinatos de
personas defensoras que se habría registrado durante los primeros tres meses
del año. Destacó que, de acuerdo con información pública, entre enero y marzo
del presente año por lo menos 24 personas defensoras de derechos humanos
habrían sido asesinadas en diversos departamentos del país. Al respecto, la
Comisión observa que de verificarse la totalidad de los casos presentados
durante el segundo trimestre, estos representarían casi el doble de personas
defensoras que perdieron la vida en comparación con los primeros tres meses del
año.
La CIDH observa que la
mayoría de los asesinatos ocurridos durante este semestre se han registrado en
los departamentos de Antioquia, Cauca, Huila, Norte de Santander, Córdoba,
Nariño y Putumayo, territorios que de manera histórica se vieron afectados por
el conflicto armado y que el Estado ha identificado como “Zonas de Riesgo”. El
Estado coincide con esta información e identifica asimismo los departamentos de
Valle de Cauca, Magdalena, Bolívar, Córdoba, Arauca y Chocó como zonas de
riesgo para ejercer la defensa de los derechos humanos.
Asimismo, la Comisión
observa que aquellas personas que ejercen algún tipo de liderazgo comunal, como
por ejemplo ser integrante de la Junta de Acción Comunal (JAC) de su comunidad
y aquéllos que tienen representación de un liderazgo indígena o
afrodescendiente serían quienes forman parte del mayor porcentaje del total de
casos registrados durante el periodo temporal analizado. De igual forma, los
liderazgos campesinos, en particular quienes integran el Programa Nacional
Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS), también representan un
número importante de los asesinatos.
En este segundo
trimestre la Comisión conoció, por ejemplo, sobre el asesinato del líder social
y beneficiario del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos
Ilícitos (PNIS), Edier Adán Lopera ocurrido el 15 de junio en el municipio de
Tarazá, Antioquia. De acuerdo con información pública, presuntos grupos armados
ilegales habrían impedido a las autoridades y a familiares del señor Lopera el
levantamiento del cadáver. El cuerpo habría sido recuperado por las autoridades
hasta el 24 de junio, nueve días después de su asesinato.
Asimismo, durante el
mes de junio, la CIDH tuvo conocimiento sobre el asesinato del líder social
LGBTI Mateo López; en el mes de mayo, sobre los asesinatos del líder comunal
Carlos Andrés Sánchez Villa, el defensor ambiental Jorge Enrique Oramas, la
lideresa social Olga Lucía Herández, el líder social Manuel Marriaga Martínez,
el líder comunal Saúl Rojas González, el líder social Edwin Acosta Ochoa, el
líder indígena Joel Villamizar y el líder comunal Hermes Loaiza. Durante el mes
de abril, la Comisión fue informada sobre los asesinatos del líder sindical
Hamilton Gasca Ortega, el líder LGBTI Jhon Jairo Beltrán, el líder social
Teodomiro Sotelo Ancona, el líder campesino Mario Chilhueso Cruz, el líder
social Hugo de Jesús Giraldo López y el líder comunal Álvaro Narváez. La CIDH
expresa su profunda condena y rechazo por cada uno de estos casos, así como por
todos los demás casos que han sido registrados durante el tiempo que comprende
este comunicado.
La Comisión reitera su
llamado al Estado colombiano para investigar estos delitos de forma exhaustiva,
seria e imparcial a fin de identificar y sancionar a los autores materiales e
intelectuales considerando como hipótesis del móvil de los delitos la actividad
de defensa de derechos humanos que las víctimas ejercían en sus comunidades. En
particular, el Estado debe procurar la incorporación de un enfoque diferenciado
étnico-racial y de género en la investigación, juzgamiento, sanción y
reparación de estos crímenes. Al respecto, la CIDH observa los esfuerzos
desplegados por el Estado colombiano para avanzar en las investigaciones sobre
estos hechos. En particular, la Comisión tiene conocimiento sobre la
implementación de la “Estrategia de Investigación y Judicialización de Delitos
contra Defensores de Derechos Humanos” con la cual, según información del
Estado, durante el primer trimestre del año habría un esclarecimiento del 56%
en los casos ante la Fiscalía General de la Nación. La Comisión urge al Estado
a redoblar sus esfuerzos para hacer frente a la impunidad de estos delitos y
recuerda que la impunidad es una de las causas que posibilita la continuidad de
la violencia contra estos
colectivos.
Por otra parte, el
contexto actual generado por la pandemia del COVID-19 ha evidenciado la
vulnerabilidad y riesgos permanentes a los que se encuentran sujetas las
personas defensoras de derechos humanos por parte de grupos armados ilegales
quienes estarían aprovechando la pandemia para reforzar su presencia en el territorio
a través del asesinato de líderes y lideresas sociales en diversas regiones del
país. Efectivamente, preocupa a la CIDH que muchos de los asesinatos
registrados habrían ocurrido mientras las víctimas cumplían con las medidas de
aislamiento decretadas por el Estado para hacer frente a la pandemia. Por su
parte, la Defensoría del Pueblo de Colombia indicó a través de su Alerta
Temprana 18-20 la afectación que la violencia de los grupos armados ilegales
bajo el contexto de la pandemia ha tenido en el desarrollo de sus actividades
de defensa. El Estado ha coincidido con esta información.
La Comisión recuerda al Estado
colombiano la obligación de proteger la vida y la integridad personal de
quienes defienden los derechos humanos cuando se encuentran en una situación de
riesgo, incluso cuando este riesgo deriva de la acción de un agente no estatal.
Esta obligación adquiere particular relevancia en el contexto de propagación de
la pandemia del COVID-19, especialmente cuando las personas defensoras se
encuentran en una situación de mayor riesgo en virtud de las medidas de
excepción que limitan, entre otros, la libertad de circulación. Asimismo, la
CIDH recuerda al Estado el deber de investigar con celeridad y diligencia los
asesinatos ocurridos en este contexto.
La Comisión reconoce
la importancia que los liderazgos sociales han representado en la promoción de
la plena vigencia de los derechos humanos, así como de la paz y fin del
conflicto armado en Colombia. Bajo la coyuntura actual, líderes, lideresas y
personas defensoras de derechos humanos se han erguido como una base
fundamental en la implementación del Acuerdo Final para la Paz. A pesar de
ello, la violencia contra estos colectivos se ha mantenido en el tiempo.
La CIDH recuerda que
la labor realizada por defensoras y defensores sólo puede ser ejercida
libremente cuando estos colectivos no son víctimas de amenazas, ni de cualquier
tipo de agresión física, psíquica u otros actos de hostigamiento. Ante esta
persistencia de la violencia, es prioritario que el Estado colombiano adopte
medidas urgentes para reforzar los sistemas dirigidos a la prevención de la
violencia y protección de estos colectivos, así como continuar avanzando con la
debida diligencia las investigaciones de delitos cometidos en su contra.
La Comisión nota los
esfuerzos desplegados por la Unidad Nacional de Protección (UNP) para hacer
frente a los riesgos enfrentados por estos colectivos. Según información
estatal, hasta el 30 de junio del presente año, el 68% de beneficiarias y
beneficiarios de medidas de protección proporcionadas por la UNP, es decir,
4.985 personas, serían defensoras y defensores de derechos humanos bajo
protección. El Estado debe asegurarse que la implementación de estas medidas se
haga de manera pronta, en concertación con las personas beneficiarias y
procurar la aplicación de enfoques diferenciados que tomen en cuenta sus
condiciones particulares. Asimismo, el Estado debe asegurar que la protección
hacia las personas defensoras de derechos humanos sea abordada desde una
perspectiva integral y coordinada sobre las fuentes de riesgo, con el objetivo
de abordar tanto el riesgo individual como las situaciones de tipo estructural.
La CIDH es un órgano
principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo
mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia
y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano
consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros
independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título
personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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